Cómo hacer un préstamo a un familiar correctamente de cara a Hacienda

Si estás pensando en pedirle dinero prestado a un amigo o familiar cercano debes tener en cuenta que Hacienda también controla este tipo de operaciones. La razón es que la administración quiere evitar a toda costa las donaciones encubiertas. Si se realiza la operación de forma correcta no tendrás ningún problema, ya que formalizar un préstamo entre particulares – por ejemplo de padres a hijos- es una manera muy fácil de dejar dinero a una persona sin asumir presiones fiscales.

Primer paso: Firmar un contrato

Es muy importante firmar un contrato y dejar por escrito la operación que vamos a realizar. De este modo estaremos protegidos frente a Hacienda en el caso que nos pregunten sobre el origen el préstamo. No es necesario escribir públicamente el contrato, así que nos podemos ahorrar los gastos notariales. En cualquier caso sí que te recomendamos registrarlo y que la Administración lo selle. Si no estamos seguros sobre cómo redactar el contrato podemos acudir a un abogado especializado para que se encargue de ello. Si vamos a hacerlo nosotros mismos debemos prestar atención y anotar toda la información que sea relevante para la operación. Aunque resulta obvio, no debemos olvidarnos de anotar los datos personales de prestamista y prestatario, el importe, el plazo, la fecha etcétera.

Segundo: Gratuito o casi

Lo habitual cuando se celebra un contrato privado de préstamo entre familiares o conocidos es que se firme a título gratuito, es decir, sin intereses ni beneficio por parte del prestamista. Sin embargo es muy importante hacer constar explícitamente en el contrato la gratuidad del préstamo, de lo contrario y ante la omisión de dicha información Hacienda puede suponer que el préstamo se constituye con un interés igual al del precio legal del dinero, -actualmente en el 3%. Esta característica está especificada en el artículo 40 de la Ley del IRPF. Igualmente si elegimos firmar el préstamo sujeto a intereses obligatoriamente esto también deberá redactarse en el contrato.

Ventajas: Exentos de tributación

Los préstamos entre particulares sin ánimo de lucro y siempre que se realicen entre personas físicas (no empresas), están sujetos a IRPF pero a la vez exentos de tributación. Esto significa básicamente que este tipo de préstamos deben pagar los gastos de transmisiones patrimoniales -deben constar y estar reflejados en tu IRPF- pero no se tiene que pagar ninguna cantidad ya que este tipo de operaciones están exentas de tributación. Para realizar esta operación el prestatario (la persona que deja el dinero) deberá liquidar el impuesto en la oficina liquidadora de la Hacienda que le corresponda y la autoliquidación se hará en el modelo 600. Es obligatorio presentar el contrato original, tanto si se trata de un documento privado como si se han escrito actas notariales para su firma.